España es un escenario que cuenta con muchas singularidades. Nuestro país es uno de los que cuenta con una esperanza de vida más alta a nivel mundial, y se estima que alcancemos el primer puesto del ranking en una treintena de años. Ante esta situación, es frecuente que muchos jubilados opten por mejorar su calidad de vida completando sus pensiones y consiguiendo dinero a través de su vivienda. Esto se consigue gracias a tres opciones distintas que ofrece el mercado inmobiliario: la renta vitalicia, la hipoteca inversa y la venta de la nuda propiedad. Se parecen bastante, pero son muy distintas. Por lo que es importante conocer las claves para no confundirlas y poder escoger la más conveniente.
Renta vitalicia
Las rentas vitalicias son pólizas de ahorro mediante las cuales se garantiza el pago de cierta cantidad de dinero, de forma periódica, después del pago de una prima previa. Este tipo de seguro permite que las personas planifiquen sus ahorros y los reciban nuevamente en forma de renta a partir de un momento determinado.
El objetivo de una renta vitalicia es cubrir la caída que tienen los ingresos de la persona al momento de jubilarse. También son de vital importancia cuando los gastos por temas de salud se incrementan o porque las personas quieren disponer de más dinero para viajar y disfrutar en su tiempo de ocio. La renta vitalicia se puede utilizar con flexibilidad dependiendo de la cantidad de dinero que se necesite e incluso permite planificar de manera eficiente la herencia.
Es una operación que no se puede cancelar y, al fallecimiento del titular, los herederos no podrán tomar posesión del inmueble. Puede contratarse a partir de los 65 años, aunque las mejores ofertas están dirigidas a los mayores de 75 años, con domicilio preferiblemente en una capital de provincia.
Hipoteca inversa
En esta hipoteca, distinta al resto, se dispone de una vivienda que será utilizada como garantía, a cambio de poder percibir una cantidad de dinero. Este dinero no suele superar el 50% del total del valor de la vivienda.
Se mantiene la titularidad en sí de la vivienda, con lo cual si se deseara aumentar el beneficio se podría alquilar. En cuanto a los costes asociados a la hipoteca, es interesante el hecho de que no tiene coste la formalización del préstamo ni tampoco tributa IRPF. También es importante tener en cuenta que, al mantener la titularidad de la vivienda, si los herederos del fallecido quisieran acceder a ella, tendrían que devolver el préstamo.
Aunque algunas entidades y compañías aseguradoras ofrecen esta opción, la hipoteca inversa es un préstamo complejo y poco desarrollado en el mercado español.
Nuda propiedad
Se trata de una operación realizada ante notario, a través de la cual la persona vende el derecho de nuda propiedad de la vivienda, lo que implica que deja de ser propietario de esta. A cambio, cobra un capital y puede seguir viviendo en su casa.
Aunque vende el inmueble, tiene derecho al usufructo vitalicio. El usufructo vitalicio es un derecho por el cual se permite a la persona seguir residiendo en la vivienda hasta su fallecimiento. El nuevo propietario de la vivienda, conocido como nudo propietario, tendrá que esperar hasta dicho momento para poder acceder a la propiedad.
El precio de la vivienda contará con un descuento significativo respecto al precio con el que contaría la propiedad si hubiera salido al mercado con otra serie de condiciones más habituales. Y se establecerá en función de los años con los que cuente el vendedor o usufructuario. Los gastos del inmueble también estarán repartidos entre ambas partes.